El presente documento tiene como objetivo transparentar y detallar las normativas legales a las que se hace referencia en el Contrato de Crédito Simple de Mi Crédito Préstamo. Como institución comprometida con la legalidad, la seguridad financiera y las mejores prácticas, ponemos a su disposición el marco jurídico aplicable:
Prevención de Delitos Financieros (Código Penal Federal)
En estricto apego a lo dispuesto por los Artículos 139 Quáter y 400 Bis del Código Penal Federal, en Mi Crédito Préstamo mantenemos políticas rigurosas para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. La legislación mexicana establece sanciones severas, incluyendo penas de prisión y multas, para quienes utilicen el sistema financiero con fines ilícitos.
Bajo este marco normativo, la ley castiga a toda persona que, por sí misma o a través de terceros:
- Aporte, recaude o transfiera fondos económicos con el conocimiento de que serán destinados para financiar, directa o indirectamente, actividades de individuos u organizaciones terroristas, actos de sabotaje o delitos contra las vías de comunicación.
- Adquiera, administre, invierta, oculte o transfiera recursos, derechos o bienes (dentro del territorio nacional o hacia el extranjero) cuando existan indicios fundados o certeza de que representan ganancias derivadas de una actividad ilícita (lavado de dinero).
En caso de detectar conductas irregulares o que presuman la comisión de estos delitos, Mi Crédito Préstamo colaborará plenamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y las autoridades competentes para realizar las denuncias y fiscalizaciones correspondientes.
Manejo y Reporte de Información Crediticia
Nuestra interacción con las Sociedades de Información Crediticia (como Buró de Crédito o Círculo de Crédito) se rige por el Artículo 20 de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, garantizando el manejo responsable, veraz y oportuno de su historial de pagos:
- Transparencia en el reporte: Toda la información sobre operaciones crediticias que compartimos es completa y veraz, señalando expresamente la fecha de origen del crédito y, de ser el caso, la fecha del primer incumplimiento. Por ley, no reportamos créditos con una antigüedad en cartera vencida mayor a 72 meses sin especificar su origen.
- Información de Empresas (Personas Morales): Si el titular del crédito es una empresa, la información proporcionada incluirá a los accionistas o titulares de partes sociales que posean el 10% o más del capital social.
- Actualización por Pagos: Cuando usted liquida una obligación o realiza un pago, en Mi Crédito Préstamo estamos obligados a enviar dicha información a la Sociedad de Información Crediticia en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al pago, solicitando la eliminación de claves de prevención u observación correspondientes.
- Tiempos de respuesta del Buró: Una vez que enviamos la información actualizada, las Sociedades de Información Crediticia tienen un plazo de hasta tres (3) días hábiles para reflejar estos cambios en sus bases de datos.
- Programas de Recuperación: Si su cuenta se acoge a un programa de recuperación de créditos y es finiquitada, Mi Crédito Préstamo reportará dicho crédito de manera formal como saldo liquidado o saldado ante las autoridades correspondientes.